651) De sirvientas a trabajadoras con derechos

Los sindicatos y el gobierno español han llegado a un principio de acuerdo por el cual las empleadas domésticas pasarán a formar parte del Régimen General de la Seguridad Social.
Conversamos con algunas de ellas sobre las condiciones de explotación y vulnerabilidad en las que se encuentran hasta ahora.

“La sociedad española no valora a la empleada de hogar. Existe un estereotipo de servilismo en este país hacia su persona, cosa que no ocurre en otros países de la UE como por ejemplo Suecia, Alemania o Francia, países en los que no existe un régimen interno de empleada de hogar”. María, una joven de 28 años de origen boliviano, no es interna, trabaja por horas, pero siente que su labor no se valora lo suficiente. Lleva 4 años viviendo en España en situación irregular. Trabaja 30 horas semanales en dos casas diferentes realizando las tareas del hogar y dando clases de repaso a un niño –estudió Económicas-. Por el trabajo que realiza no cotiza ni un euro en la Seguridad Social.

María forma parte de los 700.000 empleados de hogar que hay en España según los sindicatos CCOO y UGT, de los cuales más del 90% son mujeres, el 63% de ellas inmigrantes.

El pasado 1 de julio los sindicatos y el gobierno de España llegaron a un principio de acuerdo por el cual las empleadas de hogar pasarán a formar parte del Régimen General de la Seguridad Social. Esto supondrá que si se trabaja en más de un hogar, como es el caso de María, cada uno de los empleadores tendrá que solicitar el alta en la Seguridad Social. Actualmente cuando se da esta situación, ese coste es asumido íntegramente por el trabajador. Por otro lado, se cotizará desde primera hora, independientemente de las horas que se trabaje al mes. En este momento sólo se tiene la obligación de hacerlo siempre que la contratación supere las 20 horas semanales; y como última novedad importante es que la prestación por incapacidad temporal será a partir del cuarto día, no a partir del vigésimo noveno día como ocurre en la actualidad.

Con estos cambios, los trabajadores de este sector se equipararán al resto de asalariados, excepto en el derecho de cobrar prestación por desempleo que sigue quedando pendiente.

Está previsto que esta Ley entre en vigor el 1 enero de 2012, aunque se establecerá un período transitorio de regularización desde su inicio hasta el 1 de julio de 2012. Al igual que también se establecerá un período transitorio, en este caso hasta 2019, para equiparar las cotizaciones de los empleados de este sector a las del régimen general, todo ello de forma progresiva.

“Falta ver que esto se cumpla. Puede que se siga sin dar de alta a la gente, que se trabaje más horas de las que se cotizan. El control sobre lo que suceda no va a ser fácil, ni menos en este sector tan históricamente desregularizado”. Isabel Ochoa es asesora legal y una de las portavoces de la Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia (ATH-ELE http://www.ath-ele.com), probablemente la asociación más antigua de toda España que lucha desde hace ya más de 20 años por los derechos laborales de este colectivo. Su desconfianza sobre el cumplimiento de la ley la justifica en que, tal y como recuerda, el pasado 1 de enero se dio luz verde a la Ley de Presupuestos Generales del Estado por la cual se ofrece protección a las empleadas de hogar en caso de accidente laboral o enfermedades derivadas de su trabajo -anteriormente eran las únicas personas en régimen laboral de dependencia que no tenían dicha cobertura-. “Pero como esta Ley ha quedado pendiente de reglamentación, no se está llevando a cabo. Esperemos que con la nueva, no suceda lo mismo”.
El trabajo doméstico se regulariza en nuestro país en el año 1985 y al hacerlo, se estableció un nivel de prestaciones muy inferior al reconocido por el Estatuto de los Trabajadores, como por ejemplo ocurre con el salario, que no alcanzaba ni siquiera el salario mínimo interprofesional estipulado en España, algo que sigue vigente hasta día de hoy. En tiempos de crisis como en el que vivimos, bajan drásticamente los salarios en este sector altamente feminizado, al que la ATH-ELE considera que no han llegado las leyes de igualdad.

Luisa es de nacionalidad española y dejó de trabajar como empleada de hogar hace poco más de un año. Desde los 13 hasta los 25 años estuvo interna en una casa que dejó al tomar la decisión de querer formar una familia. Al hacerse sus hijas lo suficientemente independientes volvió al trabajo, esta vez por horas. Así ha estado hasta los 70 años, edad en la que decidió retirarse. Actualmente no cobra nada de jubilación por el trabajo prestado durante todo ese tiempo, porque nunca estuvo dada de alta en la Seguridad Social. “Entonces no se pensaba de la manera en la que se piensa ahora. Yo creí que con la pensión de mi marido tendríamos suficiente”.

Luisa forma parte de una generación de españolas que no tuvo la posibilidad de formarse para enfrentarse al mundo laboral, por lo que la sociedad les tenía reservado el único trabajo para el que supuestamente no necesitaban más formación que la ya se les había dado en casa: las tareas del hogar. “Las que trabajábamos internas éramos las chachas, las chicas, las criadas. Existían muchas maneras de llamarnos, todas ellas bastantes despectivas”.

Actualmente en España, prácticamente en su totalidad, son las mujeres inmigrantes las que ocupan el empleo de hogar en régimen interno, de las que 1 de cada 3 está en situación administrativa irregular. La Ley de Extranjería les impide estar dadas de alta en la Seguridad Social durante los primeros años de estancia en nuestro país a pesar de estar trabajando, tal como comenta Isabel Ochoa.

Transcurridos 3 años pueden formalizar su situación a través del llamado procedimiento de arraigo, para lo que necesitan un trabajo fijo. Muchos empleadores se niegan a asumir los costes de la Seguridad Social y acaban por despedirlas, o bien les hacen el contrato por escrito obligándolas a que asuman el 50%, o incluso el 100% en algunos casos, de todas las cuotas de la Seguridad Social. Algo que es completamente ilegal.

“Las inmigrantes cuya situación es irregular es el colectivo más vulnerable, ya que para conseguir papeles necesitan trabajar y demostrarlo. En muchos casos son ellas las que se costean la Seguridad Social en un 100%, que hasta ahora era una cuota fija de unos 165 euros al mes, se cobrara lo que se cobrara. Con la nueva Ley se cotizará en función del salario que se reciba y tendrán que costearlo los empleadores”.

Ana tuvo que pagarse el 100% de su cotización a la Seguridad Social durante todo un año para poder regularizar su situación. En las dos casas en las que trabaja por horas como empleada de hogar, no quisieron asumir el coste. “Necesitaba los papeles para volver a Bolivia. Hace 5 años cuando vine dejé allí con mis padres a mi hija con apenas 5 meses. Si quería volver a verla y regresar de vuelta a trabajar a España, no me quedaba otra que regularizar mi situación”. En septiembre del año pasado al renovar la residencia le dijo a sus empleadores que si no le pagaban la Seguridad Social se buscaba otro trabajo que sí lo hiciera. “Se me iban los 850 euros que cobro al mes entre los 164 euros de Seguridad Social y los gastos del alquiler y los impuestos. Al final accedieron a costearme cada empleador el 50%, el resto lo sigo pagando yo”.

Helena, sin embargo, ha tenido más suerte. “Desde 2005, año en el que regularicé mi situación, estoy dada de alta en la Seguridad Social y el coste lo han pagado desde el primer momento íntegramente ellos -los empleadores-. Además, nadie me ha impedido en todo este tiempo que siguiera con mis estudios”. Estudió Ingeniera agropecuaria en Colombia, por lo que se decidió a cursar dos másteres en Madrid relacionados con su formación: uno en Ciencias medioambientales y otro en energías renovables. Cuenta esto con orgullo porque se siente privilegiada de poder hacerlo, ya que conoce a mujeres que están en su misma situación laboral, es decir internas, que no pueden ni tan si quiera leer un libro en la casa en la que trabajan, y si lo leen, tiene que ser a escondidas. “No sea que la chica se les espabile y les empiece a exigir sus derechos”.

Desde que llegó de Colombia hace 10 años Helena ha trabajado en la misma casa. Se siente afortunada por haber dado con una familia “medianamente normal. Por eso es por lo llevo 10 años con ellos”, comenta con una sonrisa.

A Helena tampoco le descuentan de su salario el denominado pago en especie, es decir, el porcentaje que muchos empleadores descuentan a sus empleadas de sus salarios por la manutención y el alojamiento, con el beneplácito legal. Desde mayo de 2010 sólo se permite descontar de pago en especie un 30% del salario -salvando el salario mínimo interprofesional-. Antes de esta fecha, el descuento que se podía llegar a aplicar era de un 45%.

También son legales las jornadas de 24 horas en el trabajo de régimen interno, ya que la ley se limita a decir que se deben respetar 8 horas de descanso entre una jornada laboral y otra. El tiempo restante están a disposición de los empleadores, sin que eso se compute como trabajo que haya que pagar. De hecho legalmente también se admite la posibilidad de que se pueda obligar a dormir a la empleada en la casa en la que trabaja y sin embargo esta presencia obligatoria durante las noches, no tiene fijado un precio.

Es el caso de Helena que comenta al respecto: “cuando comencé a trabajar en esta casa los niños eran apenas unos bebecitos. Uno de ellos nació con problemas bronquio-respiratorios por lo que había que atenderlo permanentemente, incluso por la noche. Era yo la que me levantaba la mayor parte de las veces”.

En los casos en los que las empleadas de hogar desempeñan labores que deberían ser responsabilidad de un auxiliar de enfermería, como fue el caso de Helena en su día, tampoco se les contempla en el salario un plus adicional por hacerlo. Ana, en la casa en la que trabaja por las mañanas se dedica a cuidar a un señor de 50 años que no puede valerse por sí mismo debido a una enfermedad que los médicos no le han acabado de diagnosticar.“ Yo lo levanto, lo baño, lo cambio cuando se hace sus necesidades, lo muevo. La verdad es que es muy duro para mí este trabajo, porque apenas puedo cargar con él”. Cuando se le pregunta si cree que tiene los suficientes conocimientos sanitarios como para atenderlo adecuadamente, vacila unos segundos antes de responder en un suspiro: “sí, por tantos años como llevo haciéndolo”.

Isabel Ochoa cree que eso es “abandonar a la gente a su suerte”, ya que estas mujeres no tienen la formación que deben para poder desempeñar esa labor, ni tampoco se les ofrece la posibilidad de que la adquieran, ya que de ese modo habría que pagarles más por su trabajo.

Convenio y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo

Este principio de acuerdo entre los sindicatos mayoritarios y el gobierno de España queda enmarcado en los cambios exigidos el pasado junio en la Convención de Ginebra por el Convenio y las Recomendaciones que la OIT acordó sobre trabajo doméstico, y que cada Estado miembro tendrá que ratificar por separado para que se cumpla en su país.

Entre los cambios exigidos por la OIT se destacan: la obligación de un contrato escrito de trabajo en el que se especifiquen, entre otras cosas, las tareas a realizar, descansos diarios y semanales y la remuneración, incluido el precio de las horas extraordinarias; en el caso de quienes realizan habitualmente trabajo nocturno, se adoptarán medidas específicas, incluidas compensaciones económicas apropiadas; se deberá garantizar al empleo doméstico el salario mínimo interprofesional establecido para el resto de los sectores en cada país; y con respecto a las agencias de colocación se pondrán en marcha inspecciones periódicas y severidad en caso de infracción, incluso prohibición de quienes incurran en abusos.
Sobre este último asunto, el de las agencias de colocación, se dan varias situaciones en España: la primera es que hay agencias que piden dinero simplemente por meter en su base los datos de las mujeres que acuden a ellas en busca de trabajo, sin adquirir ningún tipo de compromiso con ellas; En segundo lugar, están las agencias que se llevan un porcentaje determinado de dinero al conseguirles un trabajo; y en tercer lugar, las agencias que se quedan con un porcentaje del salario de la empleada al mes, que en ocasiones puede llegar a ser del 50%.

Tal como comenta Ochoa, “en cualquier caso hasta diciembre de 2010 todas estaban prohibidas por ley. Eran ilegales. Ahora, para legalizar su funcionamiento necesitan permisos administrativos que la mayoría, que a nosotras nos conste, no tienen. Por lo que siguen funcionando de manera ilegal: siguen ofreciendo a las empleadas sin Seguridad Social, con unos horarios ilegales, etc.”.

En referencia al Convenio y las Recomendaciones de la OIT, la Directora Ejecutiva de ONU mujeres, Michelle Bachelet, lo considera un hecho histórico ya que en su opinión, se sienta un precedente al tratarse del primer Convenio referido exclusivamente al trabajo doméstico en el que se define como ‘trabajo', convirtiéndolo en un elemento central del desarrollo. “Se estima que las trabajadoras y los trabajadores domésticos representan entre el 4 y el 10% de la fuerza laborar en los países en vías de desarrollo y cerca del 2% en los países industrializados. Detrás de esas cifras existen personas, en la mayoría de los casos una mujer o una niña que trabaja infatigablemente para que otros puedan desempeñarse en el empleo remunerado, aumentar el bienestar material y emocional, y llevar una vida con relativo nivel de confort. Allí donde la prestación estatal de servicios de cuidado y otros de carácter social es insuficiente, el trabajo doméstico viene a cubrir ese vacío, permitiendo un mayor equilibrio entre la vida laboral y familiar para muchas familias.

Esas mujeres a menudo son la cuerda de salvamento para sus familias y comunidades, ya sea en su patria o el extranjero, contribuyendo al desarrollo por medio de sus destrezas, el trabajo, el consumo y los gastos tributarios, así como por medio de las remesas financieras y sociales”. María, Helena y Ana son un claro ejemplo de ello.

ONU Mujeres se ha comprometido a trabajar en estrecha colaboración con los gobiernos y demás partes interesadas para apoyar la ratificación del Convenio y sus Recomendaciones y para apoyar la formulación e implementación de legislaciones, políticas y programas que promuevan el trabajo decente para las trabajadoras domésticas de todos los países del mundo.

España de momento no se ha pronunciado al respecto. En el plazo de un año tendrá que decidir si ratifica o rechaza el Convenio y las Recomendaciones de la OIT. De rechazarlo sería un descalabro para el sector del trabajo doméstico por el que se viene luchando desde hace muchos años en nuestro país, una lucha con la que poco a poco se han ido alcanzando algunos logros. “Para empezar ahora la empleada de hogar tiene mucha más información de la que tenían en el año 86, cuando empezó a funcionar la ATH-ELE”. Una Información que es de vital importancia, según Isabel Ochoa, ya que es el primer paso para tomar las medidas oportunas en la defensa de los derechos que les corresponden a todas y cada una de las empleadas de este sector-estén o no en situación regular-, en el que bastante más de la mitad de las personas que lo conforman, siguen estando en la economía sumergida de este país.

Economia

Mateos, Rebeca | Periodismohumano - 2-XII-2011