684) Una buena reforma laboral

El Gobierno perseguía una reforma laboral profunda, equilibrada, que mediante fórmulas de flexibilidad evitara que el recurso al despido fuera la única medida posible para que las empresas se adaptaran al ciclo económico. De una primera lectura a la norma recién aprobada podemos afirmar que lo contemplado en el decreto-ley ayudará a conseguir los fines perseguidos, al tiempo que acercará nuestro marco laboral al de aquellos países europeos donde mejor ha funcionado el mercado de trabajo en las actuales circunstancias de crisis. Sin llegar a los niveles de desregulación del mundo anglosajón y holandés, la reforma nos acerca a Alemania y nos aleja de Grecia. Démosle, por tanto, la bienvenida. Si bien es cierto que, a corto plazo, las leyes laborales no crean empleo, si es cierto que ayudará a muchas empresas a adaptarse a la crisis y animará sin duda a la contratación indefinida en el medio plazo.

La norma es sensible ante la excesiva rigidez en la aplicación de los convenios, responsable, en última instancia, de la desaparición de miles y miles de puestos de trabajo. En muchos países europeos ya se introdujeron hace años las mejoras que ahora se postulan en nuestro país. Se sustituyen las clasificaciones profesionales, demasiado casuísticas, por grupos profesionales, más amplios y razonables a la hora de permitir una mejor movilidad funcional. Se facilita la posibilidad de modificar las condiciones de trabajo siempre que respondan a las causas objetivas necesarias para garantizar la supervivencia de la empresa. Aunque la norma anima al acuerdo entre empresa y trabajadores, en caso de no conseguirse, se podrán modificar las condiciones por parte de la empresa, aunque, lógicamente, siempre quedará el amparo judicial, que solo podrá determinar si existían, o no, las causas objetivas para la modificación. Las partes siempre podrán recurrir a un arbitraje. Estos procedimientos son realmente novedosos y ágiles y permitirán la supervivencia a muchas empresas en apuro. También resultan facilitadas tanto la suspensión de contratos como la reducción de jornada, avanzando en lo contemplado en la última reforma.

Resulta muy inteligente, simple y eficaz el sistema previsto para el descuelgue de un convenio siempre que afecten causas objetivas. En primer lugar, se alienta al acuerdo de las partes. En caso de no producirse, de forma automática, y a instancias de una sola de esas partes, se remite a un arbitraje con plazo acotado. El arbitraje puede venir determinado por mutuo acuerdo establecido en el convenio o impuesto por la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos. El uso del arbitraje también puede poner un fin temporal a la indeseable prolongación excesiva de la ultraactividad de un convenio vencido.

El despido improcedente queda fijado en 33 días, con la supresión efectiva de los salarios de tramitación, que solo deberían abonarse en caso de readmisión. Aunque se rebaja desde los 45, sigue aún estando por encima de la media europea. La eliminación de los salarios de tramitación equilibra la relación entre las partes, ya que eran utilizados sistemáticamente como incremento efectivo de la indemnización y excusa para tácticas dilatorias en los procesos. Esta supresión no vulnera los derechos de los trabajadores despedidos, que tendrán derecho a su correspondiente prestación por desempleo desde el mismo día del despido. Lo más relevante no son los 33 días -que ya estaban en vigor para amplios colectivos de trabajadores- sino la clarificación de causas económicas para los 20 días -bastarán tres trimestres de reducción de ventas para poder aplicarlo- y la supresión de la autorización administrativa para la aprobación de los ERE, que modificará sin duda alguna el coste del despido final.

Los sindicatos han manifestado su rechazo al tiempo que han anunciado una serie de manifestaciones que podrían acabar en una huelga general. Tras los fracasos obtenidos en las anteriores, han optado por calentar el ambiente antes de la convocatoria definitiva. Es probable que, conocedores de los duros ajustes que el Gobierno deberá incorporar a los Presupuestos para 2012 de finales de marzo, hayan decidido esperar para sumar ambas repulsas. Los sindicatos tienen todo el derecho del mundo a convocar una huelga. Allá ellos. Pero la reforma no se la merece. Hoy, gracias a ella, estamos más cerca de Europa y de la posibilidad de sentar unas nuevas bases favorecedoras a la actividad y el empleo. No es la panacea, pero significa un decidido paso hacia adelante. Bienvenida sea.

Economia

Pimentel, Manuel | Cinco Días - 17-II-2012